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Año II - Nº 19
correodelectores@palumboadministraciones.com
Editorial
Atención en las rutas
Mucho se ha hablado del
Scoring, de la quita de puntos en la licencia de conducir, de los controles de
alcoholemia, de la verificación técnica vehicular, entre otros detalles que
hacen a la prevención en la seguridad vial. Recientemente el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires aceptó adherirse a la Ley Nacional de Seguridad Vial y
acordó con las autoridades de la Provincia de Buenos Aires adoptar una serie de
acciones, que impedirá a los conductores inhabilitados obtener un nuevo registro
en cualquiera de los distritos. Desde PALUMBO Noticias queremos contribuir con
algunos datos de interés a la hora de saiur a las rutas en estas
vacaciones.
Sabías que...
Que el uso de la telefonía celular ha
determinado un importante incremento en accidentes de tránsito por la falta de
atención de los conductores.
Que la
velocidad inadecuada encabeza el ranking de las infracciones de tránsito más
comunes que son causa directa de accidentes.
Que de acuerdo a estudios
realizados en nuestro país, las luces bajas encendidas durante el día hacen que
los vehículos sean visibles a mayores distancias.
Que la mayoría de las
heridas que se producen en los accidentes de tránsito son el resultado de
impactos contra distintos elementos del habitáculo, como pueden ser el volante,
el tablero de instrumentos o el parabrisas.
Que de los accidentes originados
tanto en el tránsito urbano como en las rutas y autopistas, se puede corroborar
que en una cantidad considerable, por lo menos uno de los conductores
involucrados ha violado alguna normativa del tránsito.
Que se puede
determinar que las plazas más seguras de un vehículo son las traseras, debido a
que en la mayoría de los impactos dicha zona es la única que conserva la
habitabilidad de los ocupantes.
Que en los accidentes "en cadena" los
choques se generan debido a que los rodados se encontraban transitando a corta
distancia uno del otro, no permitiéndole a sus conductores tener el tiempo
necesario para frenar y evitar impactar al vehículo que lo precedía.
Que el
72% de los siniestros que se producen con lluvia ocurren durante los primeros 30
minutos desde que comienza a llover.
Recaucación fiscal
Intiman a propietarios a declarar modificaciones en sus casas
La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad envió 33 mil
intimaciones a contribuyentes para que declaren modificaciones en sus viviendas
las cuales repercutirán en el pago por el Alumbrado, Barrido y Limpieza. Con la
medida, el Gobierno porteño buscará un ingreso extra de 8 millones de
pesos.
E
l pasado diciembre y enero son meses en los que el servicio de correo trabaja sin descanso. Tarjetas navideñas, salutaciones por fin de año, postales desde lugares de veraneo son enviadas desde diversos remitentes. Este 2009, muchos habitantes de la Ciudad recibieron de manos del cartero una misiva no tan feliz... una intimación enviada por la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) para que los propietarios declaren modificaciones en las construcciones.
En una primera etapa la AGIP envió 33 mil intimaciones a propietarios
de casas y PH, y según informaron fuentes gubernamentales, en el correr del año
se tomará la misma medida con inmuebles comerciales y oficinas. Con la
declaración de nuevas construcciones, el Gobierno de la Ciudad adecuará el valor
de la tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza y buscará incrementar su
recaudación en unos 8 millones de pesos.
"Algunos no declaran para evadir, pero muchos otros porque no saben. Por eso ahora damos la oportunidad de cumplir voluntariamente. Los que lo hagan tendrán luego facilidades de pago, pero quienes no declaren y hayan hecho obras recibirán una inspección y deberán pagar sin facilidades", comentó el titular de la AGIP, Carlos Walter, al diario Clarín.
Las intimaciones fueron enviadas luego de realizar un cruzamiento de datos
-fotografías, relevamientos, informes brindados por las ART, prestadoras de
servicios públicos y comercios que venden materiales para la construcción. Todo
tipo de ampliaciones en las construcciones deberán ser declaradas, pero también
algunas refacciones que impliquen mejoras estructurales y modernización en la
propiedad.
FUENTE: NU
AFIP
Los bienes inmuebles también se blanquearán
L
a nueva ley de blanqueo (26.476)
que resta reglamentarse, incluirá a los bienes inmuebles no declarados. La baja
en el volumen de operaciones de compra-venta y la caída de la presentación de
nuevos proyectos, alentaría los ‘considerandos’ de la nueva reglamentación. La
nueva ley permitirá normalizar la situación tributaria respecto a la tenencia de
moneda nacional o extranjera, divisas y demás bienes en nuestro país o en el
exterior. .
El Gobierno nacional ha adoptado acciones concretas para atraer y retener
dólares en el país (blanqueo de capitales, monitoreo de ahorristas con cuentas
abultadas o que compran dólares, abren cajas de seguridad, etc.); pero tanto las
grandes empresas, como los pequeños ahorristas, han sacado dólares en el
sistema, a un ritmo más acelerado que en la recordada época del 2001.
Cómo
blanquear
Habrá que declarar el $ en bancos, financieras (y otras
comprendidas por la ley) dentro de los 90 días. En el mismo plazo se deberá
realizar la transferencia a la entidad financiera, donde los fondos deberán
permanecer al menos 2 años, salvo que se destinen a inversiones
nacionales.
Beneficios impositivos
Los que ‘exterioricen’ no estarán
obligados a declarar la fecha de compra de los bienes. Tampoco estarán sujetos
al tratamiento que la ley otorga a los incrementos patrimoniales no
justificados.
Con la nueva ley quedarán liberados de toda acción civil,
penal, administrativa y profesional que pudiere corresponder a los responsables;
y quedan eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido
declarar.
Las diferentes alícuotas
● 8% para bienes radicados en el
exterior (incluyendo divisas) que no se transfieran al país.
● 6% para bienes
radicados en el país y tenencia de moneda local o extranjera, que no sea
utilizada. 3% para los fondos que se destinen a la compra de títulos públicos
(si se transfiere antes de los 24 meses, se le adicionará un 5%).
● 1% para
los fondos que se destinen a compra en el país de viviendas nuevas, finalización
de obras en curso, financiamiento de obras de infraestructura, inversiones
inmobiliarias, agríclola-ganaderas.
● Además, las transferencias quedarán
estarán eximidos del Impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios (impuesto al
cheque).
Resta definir si en la declaración del inmueble el propietario
deberá pagar 8% del activo declarado (como los capitales que se traen del
exterior para ser destinados a inversión), o si se aplicará una alícuota será
menor, ya que deberán cancelar la multa con recursos adicionales para evitar la
venta del inmueble.
Prevención
Ola de calor
Las altas temperaturas constituyen un factor de riesgo para la salud,
pudiendo ocasionar consecuencias graves en el organismo.
Algunos de los
síntomas a tener en cuenta son: decaimiento o debilitamiento, fatiga, dolor de
cabeza, escasez de apetito, pulso acelerado, agotamiento, transpiración
abundante, baja presión, calambres y mareos.
Las personas
mayores de edad, los niños y aquellos que están enfermos son los más vulnerables
frente a este tipo de problemas.
La Dirección General de Defensa Civil,
dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, recomienda tener en cuenta algunas medidas preventivas con el fin
de minimizar los efectos de la ola de calor:
• No exponerse al sol entre las 10 y 17 hs.. Es conveniente que las primeras exposiciones no superen los 15 minutos.
• Utilizar protectores solares acorde a cada necesidad y debidamente autorizados por profesionales.
• Beber abundante agua. No esperar a tener sed para tomar líquido, esto ayuda a mantener estable la temperatura del cuerpo.
• Consumir caldos y líquidos salados. Evitar el consumo de alcohol.
• Ofrecer a los pequeños abundante cantidad de líquidos.
• Muchos ancianos no registran la sed, insistir en el consumo de agua.
• Comer moderadamente.
• Consumir alimentos frescos, especialmente ricos en potasio (frutas, sobre todo banana, ensaladas, etc.).
• No realizar tareas pesadas al sol.
• Usar ropas holgadas, de colores claros, y protegerse la cabeza con
sombreros o gorras. Los bebes y los chicos deben usar la menor cantidad de ropa
posible.
ANTE SITUACIONES DE RIESGO RECUERDE
LA LÍNEA DE EMERGENCIAS 103, DURANTE
LAS 24 HORAS.
Fuente: Dirección General de Defensa Civil - Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires
Feedback
P.-Estimados: Soy un portero de un
edificio con muchos años en este trabajo, en caso de despido sin causa: ¿Cuánto
me correspondería cobrar por antigüedad?
Raul
R.-Estimado Raul:
La indemnización por
antigüedad, está establecida en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
Nº 20.744, que dice:"En los casos de despido dispuesto por el empleador sin
justa causa, habiendo o no correspondido el preaviso, éste deberá abonar al
trabajador una indemnización equivalente a un (1) mes de sueldo por cada año de
servicio o fracción mayor de tres (3) meses, tomando como base la mejor
remuneración mensual, normal y habitual, percibida durante el último año o
durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera mayor..."
P. Una pregunta: ¿Quiénes están
autorizados a realizar los trabajos por la ley de balcones?.
José.
R.- Estimado José:
La
Ley Nº 257 establece que los propietarios de inmuebles deberán acreditar haber
llevado a cabo una inspección técnica específica del estado de conservación de
obras y mantenimiento de balcones, fachadas, etc. Dispone que sea un profesional
en la materia. Para ello deberán presentar la certificación del estado correcto
de las fachadas y sus partes componentes: balcones, ménsulas, carteles,
cornisas, cerramientos, barandas, entre otras.
Puedes consultar a los
colegios profesionales:
Consejo Profesional de Arquitectura y
Urbanismo
www.cpau.org
e-mail servicios@cpau.org /sección necesito un
arquitecto
25 de Mayo 486
TE (011) – 5238 – 1068
Consejo Profesional
de Ingeniería
www.cpic.org.ar/leyes y disposiciones ley 257
e-mail:
correo@cpic.org.ar
Bernardo de Irigoyen 330 2º Piso
TE (011) – 4334 –
0086
Palumbo noticias
Año II
Edición Nº 19
Editor: Ing. Pedro
Palumbo
URL's: http://www.palumboadministraciones.com
Ambrosetti
92 1º "A" Capital Federal
Rivadavia 14350 R. Mejía - Pcia. Buenos
Aires
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