Los bienes inmuebles también se blanquearán
El reingreso de capital a la Argentina, permite un importante descuento en los impuestos.
L
a nueva ley de blanqueo (26.476)
que resta reglamentarse, incluirá a los bienes inmuebles no declarados. La baja
en el volumen de operaciones de compra-venta y la caída de la presentación de
nuevos proyectos, alentaría los ‘considerandos’ de la nueva reglamentación. La
nueva ley permitirá normalizar la situación tributaria respecto a la tenencia de
moneda nacional o extranjera, divisas y demás bienes en nuestro país o en el
exterior. .
El Gobierno nacional ha adoptado acciones concretas para atraer y retener
dólares en el país (blanqueo de capitales, monitoreo de ahorristas con cuentas
abultadas o que compran dólares, abren cajas de seguridad, etc.); pero tanto las
grandes empresas, como los pequeños ahorristas, han sacado dólares en el
sistema, a un ritmo más acelerado que en la recordada época del 2001.
Cómo
blanquear
Habrá que declarar el $ en bancos, financieras (y otras
comprendidas por la ley) dentro de los 90 días. En el mismo plazo se deberá
realizar la transferencia a la entidad financiera, donde los fondos deberán
permanecer al menos 2 años, salvo que se destinen a inversiones
nacionales.
Beneficios impositivos
Los que ‘exterioricen’ no estarán
obligados a declarar la fecha de compra de los bienes. Tampoco estarán sujetos
al tratamiento que la ley otorga a los incrementos patrimoniales no
justificados.
Con la nueva ley quedarán liberados de toda acción civil,
penal, administrativa y profesional que pudiere corresponder a los responsables;
y quedan eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido
declarar.
Las diferentes alícuotas
● 8% para bienes radicados en el
exterior (incluyendo divisas) que no se transfieran al país.
● 6% para bienes
radicados en el país y tenencia de moneda local o extranjera, que no sea
utilizada. 3% para los fondos que se destinen a la compra de títulos públicos
(si se transfiere antes de los 24 meses, se le adicionará un 5%).
● 1% para
los fondos que se destinen a compra en el país de viviendas nuevas, finalización
de obras en curso, financiamiento de obras de infraestructura, inversiones
inmobiliarias, agríclola-ganaderas.
● Además, las transferencias quedarán
estarán eximidos del Impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios (impuesto al
cheque).
Resta definir si en la declaración del inmueble el propietario
deberá pagar 8% del activo declarado (como los capitales que se traen del
exterior para ser destinados a inversión), o si se aplicará una alícuota será
menor, ya que deberán cancelar la multa con recursos adicionales para evitar la
venta del inmueble.